Ley de registro de jornada laboral obligatorio en España (RDL 8/2019)
Todo lo que necesitas saber sobre la obligación legal de registrar la jornada de tus trabajadores, las sanciones por incumplimiento y cómo cumplir la ley fácilmente.
Cumplir la ley ahora — Desde 5€/mes¿Qué dice la ley del registro de jornada laboral?
El Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, modificó el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores para incluir la obligación de todas las empresas de registrar diariamente la jornada de trabajo de sus empleados.
Esta normativa, en vigor desde el 12 de mayo de 2019, establece que el registro debe incluir:
- La hora de inicio de la jornada laboral de cada trabajador
- La hora de finalización de la jornada laboral
- El total de horas ordinarias y horas extraordinarias realizadas
- Los descansos y pausas incluidos en la jornada
¿A quién afecta esta obligación?
La obligación afecta a TODAS las empresas españolas que tengan trabajadores por cuenta ajena, independientemente de:
- El tamaño de la empresa (incluso con 1 empleado)
- El sector de actividad (hostelería, construcción, oficinas…)
- El tipo de contrato (indefinido, temporal, a tiempo parcial)
- La modalidad (presencial, teletrabajo, híbrido)
- La jornada (completa o parcial)
- El convenio colectivo aplicable
Sanciones por incumplimiento del registro de jornada
El incumplimiento de la obligación de registro de jornada está tipificado en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) como infracción grave:
| Tipo de infracción | Grado mínimo | Grado medio | Grado máximo |
|---|---|---|---|
| Infracción grave (art. 7.5 LISOS) | 626€ - 1.250€ | 1.251€ - 3.125€ | 3.126€ - 6.250€ |
| Infracción muy grave (reincidencia, fraude) | 6.251€ - 25.000€ | 25.001€ - 100.005€ | 100.006€ - 187.515€ |
¿Cómo cumplir con la ley de registro de jornada?
La ley no especifica el método concreto de registro. Acepta:
Aunque la ley acepta cualquier método, los inspectores de trabajo suelen cuestionar los registros en papel o Excel por la facilidad de manipulación. Una solución digital como FichajeApp ofrece registros con sellado de tiempo, geolocalización y trazabilidad completa que resultan mucho más sólidos ante una inspección.
¿Cuánto tiempo debo conservar los registros?
El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores establece que los registros de jornada deben conservarse durante un mínimo de 4 años y deben estar disponibles para los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.
Con FichajeApp, todos los registros quedan almacenados en la nube de forma segura y accesible en cualquier momento, cumpliendo automáticamente con este requisito de conservación.
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